Consejo Regional de Conservación de Suelos | Nuestra ley
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ley
La ley Nº 8936 de Conservación y prevención de degradación de suelos de la provincia de Córdoba declara de orden público la:

a) Conservación y control de la capacidad productiva de los suelos;

b) Prevención de todo proceso de degradación;

c) Recuperación de los suelos degradados;

d) Promoción de la educación conservacionista del suelo.

CONSEJO CENTRAL Y CONSEJOS REGIONALES DE CONSERVACION DE SUELOS

En el artículo 4 se crea el Consejo de Protección de los Suelos (integrado por los ministerios de Agua, Ambiente y Servicios Públicos; de Agricultura y Ganadería; y de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales) cuyas funciones, entre otras son:

“el monitoreo de las condiciones físico-químicas de los suelos relacionados con su aptitud productiva, de tal manera de sugerir los lineamientos técnicos necesarios para los próximos ciclos productivos, siempre atendiendo a la sustentabilidad del sistema”.

En el mismo artículo establece que el Consejo Central de Protección de los Suelos podrá:

“promover la creación de Consejos Regionales para que colaboren estrechamente con el consejo central en la acción a desarrollar en el cumplimiento de la presente ley”.

INTEGRAMOS EL CONSEJO

Mira lo que hacemos